Al cambiar la situación laboral de empleado a jubilado es normal que surjan muchas dudas respecto a la pensión correspondiente. Entre las inquietudes habituales se encuentran cuestiones como “¿cuánto cobraré mensualmente a partir de ahora?” o “¿es compatible mi pensión con otros ingresos?”. Pero, sin duda, uno de los aspectos que más interés despierta por su relevancia a la hora de planificar nuestros gastos es el relativo a las retenciones del IRPF de una pensión de jubilación.
Lo primero que hay que tener claro sobre la pensión de jubilación es que, a efectos fiscales, se considera como un rendimiento del trabajo. Es decir, a la hora de hacer la declaración de la renta, una pensión de jubilación funciona igual que las nóminas percibidas durante la vida laboral y, por tanto, está sujeta a retenciones.
¿Cómo afectan los tramos del IRPF a la pensión de jubilación?
El IRPF se divide en unos tramos de renta que establecen la carga fiscal de cada contribuyente en función de sus ingresos. También sirven para calcular las retenciones mensuales de cada trabajador o, en este caso, pensionista. Estas retenciones deberán ser incluidas en la declaración de IRPF de cara a liquidar el impuesto.
En 2015 entró en vigor una reforma fiscal que cambió de manera sustancial los tramos del IRPF, pasando de siete a cinco y cambiando el porcentaje de retención de cada grupo. Como consecuencia de la nueva normativa, los tramos actuales del IRPF son los siguientes:
- 0 a 12.450 € = 19 %.
- 12.451 € a 20.200 € = 24 %.
- 20.201 € a 35.200 € = 30 %.
- 35.201 € a 60.000 € = 37 %.
- Más de 60.001 € = 45 %.
Una vez conocidos los diferentes tramos del IRPF, se puede hablar de las particularidades de la pensión de jubilación. Si bien es cierto que no existen unos porcentajes especiales del IRPF para la pensión de jubilación, los límites mínimo y máximo establecidos para ella traen consigo algunas particularidades.
De acuerdo a la modificación de las pensiones aprobada por el Consejo de Ministros en diciembre de 2016, los límites mínimo y máximo aumentan un 0,25 % respecto a los establecidos en los Presupuestos Generales anteriores. Esto se traduce en una pensión mensual mínima de 637,70 € y una máxima de 2.573,70 €. Anualmente, siempre que el titular tenga derecho a percibir 14 pagas, esto supone unos ingresos mínimos de 8.927,80 € y máximos de 36.031,80 €.
¿Cómo influye la situación familiar del titular de una pensión de jubilación en su IRPF?
A la hora de calcular el IRPF de una pensión de jubilación hay que tener en cuenta, además de la cantidad recibida, la situación personal y familiar del titular. El artículo 81 del Reglamento del IRPF establece tres grupos de situaciones familiares que al hacer la declaración de la renta influyen en el porcentaje final de retención. Estos grupos son:
- Soltero, viudo, divorciado o separado legalmente.
- Cónyuge con ingresos inferiores a 1.500 € anuales.
- Otros.
A estos tres grupos hay que añadirles otras variantes que también modifican el porcentaje final. Algunas de esas variantes son el número de hijos menores de 18 años o mayores de edad con discapacidad sujetos a la patria potestad, número de hijos menores de 25 años que convivan con el progenitor y no tengan una renta anual superior a 8.000 €, existencia de pensiones compensatorias a favor del cónyuge, discapacidad del titular de la pensión de jubilación, etc.
¿Están obligadas a hacer la declaración de la renta las personas que reciben la pensión de jubilación mínima?
Los ingresos mínimos que obligan a cualquier contribuyente a hacer la declaración de la renta anual son 12.450 €. Es decir, el límite máximo del primer tramo del IRPF. Por tanto, las personas que solamente reciben la pensión de jubilación mínima no están obligados a hacer la declaración. En cualquier caso, hay que tener en cuenta el resto de ingresos y su tipología a la hora de realizar la liquidación del impuesto de IRPF.
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