En dos semanas entrará en vigor la nueva normativa respecto a estas tarjetas
El 2 de Enero entrarán en vigor las distintas fases del nuevo reglamento ministerial sobre préstamos revolventes, coincidiendo con el período navideño, cuando el consumo está aumentando, y con la pendiente de enero como telón de fondo que esta vez podría complicarse aún más. por esto la crisis derivada del coronavirus.
De hecho, incluso antes de las vacaciones navideñas, debido al deterioro de la situación económica, la pandemia ha provocado un repunte en la comercialización de este tipo de préstamos. Si bien este camino puede resultar útil a corto plazo, sumerge a quienes lo eligen en una espiral de deuda de la que no es fácil deshacerse.
En los últimos meses, el Banco de España, consciente de los riesgos, ha tomado una posición muy activa en los avisos spinning y ha intentado, a través del portal del cliente bancario, ofrecer información financiera completa sobre este producto.
Por tanto, sucede que la gran mayoría de las empresas más activas en este mercado no cumplen con las reglas de transparencia de las tarjetas. Recientemente, el pasado verano, el Banco de España envió cartas a 24 empresas con diversos requisitos y recomendaciones de marketing y negociación revolvente, y profundizó el estudio de otras dos empresas.
La nueva normativa, que entrará en vigor en apenas dos semanas, prevé mejoras encaminadas a aumentar la transparencia con los clientes y prevenir situaciones futuras de endeudamiento insostenible reforzando el rating de solvencia que mantienen las empresas antes de conceder préstamos revolventes.
Los principales cambios que impone la ordenanza son que las empresas deben asegurar que los clientes tengan la capacidad de pago suficiente para cubrir el monto anual de las cuotas que amortizan al menos el 25% del límite de crédito otorgado.
Además, se incluirán requisitos de información adicional tanto antes de la celebración del contrato como durante todo el período contractual para que el cliente esté informado en todo momento sobre las deudas y las opciones disponibles para la reducción.
Este producto, que flexibiliza las compras al diferir los pagos, es una opción que a simple vista parece “simple y atractiva” pero que advierte de grandes peligros.
Las tarjetas rotativas no solo se asocian generalmente con una falta absoluta de transparencia en el marketing, sino que también tienen la característica principal del interés abusivo que se cobra sobre estos pagos, que suele ser superior al 24% de la tasa de interés anual.
“Se comercializan en malls, hipermercados, aerolíneas, hoteles, mueblerías, tiendas de ropa o grandes almacenes, pero están asociados a entidades o bancos” la deuda apenas disminuye, incluso si se paga mensualmente al mes.
Algunas entidades financieras que usan esta práctica son Banco Santander, BBVA, Wizink, Banco Sabadell, Cofidis, Caixabank o Bankinter, pero advirtió que existen créditos revolventes comercializados por empresas como Inditex, Iberia, Renfe, Cepsa, Vodafone, Fnac, Decathlon o Meliá.
Si bien parecen cómodos de usar y paliar una necesidad puntual, como afrontar los gastos navideños, algún tiempo después el interés usurero aplicado a este tipo de tarjetas hace que la deuda sea inasequible. para quienes lo usan.
Contratación
La trampa de este tipo de crédito es que el banco suele imponer el método de pago diferido para el reembolso del monto, a pesar de que el mismo el usuario puede elegir si desea pagar el monto total o dividirlo.
“Es fundamental conocer los plazos del pago mensual, cómo se amortiza la deuda y cuáles serán los plazos“.
Esta falta de información es lo que muchas veces lleva al usuario a pagar el doble o más de lo que inicialmente pidió.
Asimismo, Asufin y Adicae se posicionan en esta línea e insisten en la falta de información que recibe el usuario al contratar un revolvente. En opinión de las dos asociaciones de consumidores, la nueva normativa no ejerce un control tan efectivo y recomienda considerar sanciones para las entidades que no evalúen la solvencia de los clientes.
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