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Consumo recuerda que los viajeros afectados por cancelaciones tienen derecho al reembolso

El Ministerio de Consumo recordó a los turoperadores, agencias y turoperadores que los viajeros afectados por cancelaciones debido a la tormenta de nieve “Filomena” pueden devolver el dinero pagado por sus billetes.

Teniendo esto en cuenta, el ministerio les pidió que actuaran de manera flexible y dieran a los consumidores interesados la opción de cancelar u ofrecer alternativas. En el caso de las aerolíneas, pueden ofrecer vias alternativos por el monto del pasaje cancelado. En cualquier caso, la aceptación de estos, es voluntaria para los consumidores y no puede sustituir el derecho a devolución.

Asimismo, el Ministerio advierte que en caso de cancelación durante el viaje, los afectados tienen derecho a que la empresa les proporcione la información y el apoyo necesarios. Por lo que necesita suficiente comida y bebida, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si es necesario, una o más pernoctaciones, así como transporte entre el aeropuerto y el lugar de residencia.

En cualquier caso, el departamento que preside Alberto Garzón recomienda que todos los usuarios de la aviación consulten la página web de la Autoridad Española de Seguridad Aérea (AESA).

De igual forma si la aerolínea no cumple con sus deberes y el usuario cree que no se han respetado sus derechos, puede reclamar a la aerolínea. Si no se recibe respuesta o si no es satisfactoria, el usuario es libre de quejarse ante AESA.

Si la aerolínea no ha cancelado el vuelo, pero el pasajero no puede iniciar el viaje debido a la tormenta, debe verificar si las condiciones del contrato incluyen la posibilidad de cancelar por razones climáticas o si la aerolínea ofrece la alternativa de retrasar el viaje, o cancelar.

Cancelaciones en transporte terrestre o marítimo

El Ministerio, por su parte, recomienda, a los interesados en el transporte ferroviario con la empresa Renfe, consultar de forma gratuita las disposiciones específicas sobre cambios y cancelaciones de billetes para viajeros autorizados por la empresa y publicadas en su página web.

Si el viaje es en autobús o autocar y es el transportista quien cancela el viaje, este último también debe ofrecer al viajero la posibilidad de elegir entre una alternativa de viaje o la devolución del importe abonado, que debe realizarse en un plazo de 14 días.

En relación a los viajes por vía marítima u otras vías navegables interiores que puedan ser cancelados por las propias empresas o siguiendo las medidas decretadas por las autoridades portuarias, la naviera deberá ofrecer al viajero la elección entre una alternativa de viaje o se hará efectiva la devolución del importe abonado en 7 días.

Ya sea en tren, autobús o barco, cuando el transportista no ha cancelado el viaje pero el usuario no puede viajar debido a la tormenta, el usuario debe verificar si en los términos y condiciones del contrato de transporte, por razones de emergencia climática, existe la posibilidad de cancelación del viaje o si el transportista ofrece la alternativa de posponer o cancelar el viaje.

Eventos cancelados a causa del temporal

Asimismo, el ministerio también ha informado sobre los derechos que ayudan a los consumidores y usuarios cuando la tormenta “Filomena” obliga a la suspensión de actividades o eventos.

Así, Consumo destaca que la suspensión del evento otorga al usuario el derecho a la devolución de todos los pagos que haya realizado, independientemente de los derechos adicionales que pudieran derivarse del contrato. La solicitud de reembolso de los importes abonados debe enviarse al prestador de servicios al que se le realizó la compra.

Asimismo, y en el caso de que el evento no se cancele pero el usuario no pueda asistir debido a la tormenta, Consumo aconseja consultar los términos y condiciones del contrato para verificar si se dan estas circunstancias de cancelación, y están planificados y los posibles derechos adicionales que puedan resultar. estas cancelaciones.

Compras On-Line

Por último, el ministerio indica prestar la máxima atención sobre las compras por comercio electrónico y recordó que la empresa debe entregar la mercancía de forma inmediata y en un plazo máximo de 30 días desde la celebración del contrato, salvo que se hayan acordado otros plazos de entrega.

Si el tiempo de entrega no se cumple debido al tiempo, el comprador puede otorgar a la empresa un tiempo adicional para la entrega de la mercancía. En el caso de que la mercancía no se entregue dentro de este plazo adicional por cualquier motivo, tiene derecho a rescindir el contrato. En este caso, la empresa deberá reembolsar inmediatamente todas las cantidades pagadas.

Redacción

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